Por Nicolás Siadis | nsiadis@redaccion351.com
Fotografía: Facundo Martínez | fmartinez@redaccion351.com
En los últimos años, con la expansión de la frontera agrícola y la sojización del norte de la provincia de Córdoba, hay empresarios que encontraron un “buen negocio”. Así, aprovechando el desorden catastral y la inseguridad jurídica de los pueblos poseedores de tierras ancestrales, pretenden hacerse de grandes extensiones de campo a bajo precio para la explotación ganadera intensiva.
En este contexto, un empresario cordobés de apellido Butié llegó en el año 2004 al paraje El Chacho, ubicado al noroeste de la provincia de Córdoba al límite con La Rioja, argumentando que tenía documentación respaldatoria para tomar posesión de un inmueble de 2.700 hectáreas. El empresario afirmó haber adquirido acciones posesorias a la hija del supuesto dueño del campo pero no disponía de título de posesión ni escritura del inmueble.
“Él llega y utiliza algunos dispositivos que están bastante alejados de la lógica del Estado de Derecho, es decir, aprietes y conversaciones con la Policía, con esta lógica de venir de la cuidad a traer el progreso a la gente del interior. Obviamente, convence a algunos operadores de peso como los Jueces de Paz. Todo esto sin saber si el empresario tiene o no los derechos de propiedad, pero claro, llega en 4×4, con la teoría del derrame del neoliberalismo a la zona”, explicó el abogado de la Asociación de Productores.
Frente al atropello del empresario, la gente resiste de manera pacífica, objetando ser la poseedora del campo desde hace mas de 30 años. Ejerciendo la posesión efectiva del terreno a través del mantenimiento de los alambres perimetrales y de mejoras en el inmueble.
¿Cuándo se produce la intervención de la Justicia?
Desde el inicio del conflicto. Cuando los campesinos se resisten al ingreso del empresario al inmueble, de manera rápida la Justicia decide imputar y criminalizar al más débil, conocida práctica que se concentra aún más en el interior del país.
Es así como el fiscal Casado, de Cruz del Eje, decide imputar por usurpación a 8 campesinos y campesinas del paraje de El Chacho, de más de 50 años todos y sin antecedentes penales, muy lejos de la lógica del sujeto delictivo. Desde ese momento, empezamos a trabajar, yo soy parte del equipo jurídico de la Asociación de productores del noroeste de Córdoba (Apenoc), que forma parte del Movimiento Campesino de Córdoba.
La imputación fue en el año 2004 y fuimos a juicio oral y público en 2008. Conjuntamente con la Dra. Romano hicimos todos los planteos recursivos posibles, pero de todos modos el caso llegó a audiencia debate. El argumento era que Butié había comprado derechos posesorios a María Eugenia Senar, que es hija de Cecilio Senar. El señor Senar fue un terrateniente muy importante de la zona y tras su muerte fue enterrado en un paraje llamado “El Milagro”, que se encuentra ya en la provincia de La Rioja.
El argumento es que, al ser enterrado ahí, se podía deducir que este inmueble podría ser propiedad de Senar. Así, la propiedad del mismo fue transferida a su hija, María Eugenia, y ésta se lo habría vendido legalmente a la sociedad de hecho integrada por Butié. De esta manera, el Juez Penal Dr. Ricardo Py declaró culpables a los 8 campesinos imputados por usurpación de tierras.
Cabe aclarar que si bien existían los derechos y transferencias posesorias, no existía documentación respaldatoria que probara la titularidad de la tierra por parte del empresario. Por ello, la realidad de los hechos fácticos fue lo que nos permitió destruir la pieza argumentativa del juez penal, ganar un recurso de Casación y lograr que el alto cuerpo de la justicia de Córdoba desautorice al Doctor Py.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) llegó a la conclusión de que Py fue un juez injusto que dictó una sentencia arbitraria desconociendo derechos posesorios verificados en la práctica. En esta instancia, pudimos verificar de manera contundente la verosimilitud del derecho posesorio y que esa tierra era poseída no solo por los imputados sino también por los padres de los mismos.
El predominio del derecho posesorio
Si están reglamentados en el Código civil, ¿por qué la Justicia desconoce estos derechos y falla a favor del empresariado?
Este tipo de conflictos agrarios explotan a gran escala en la década del 90. A partir del año 1996, cuando a través de un decreto firmado por Felipe Solá se permite el ingreso de la semilla transgénica, cambia la estructura agraria en el país y la cadena debió cortarse por su eslabón más débil. Así, el poder judicial termina siendo la herramienta más sofisticada para consolidar el modelo del agro-negocio, el modelo de la agricultura sin agricultores campesinos.
El pobre, en el campo, no se considera sujeto productivo por parte de los empresarios, ni sujeto de derecho por parte de la justicia. Es por ello que ésta última, en el interior de Córdoba particularmente, nunca quiso hacer valer la cuestión del derecho de posesión.
Luego de un arduo trabajo de 6 años, en el caso de El Chacho, y de más de 10 años de lucha por parte de las organizaciones territoriales e indígenas-campesinas, se logró que el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba reconozca el peso del derecho de posesión, que de hecho tiene más peso que un título de propiedad.
Un antecedente histórico
El fallo del Tribunal Superior de Justicia sienta jurisprudencia en los casos de conflictos por la tierra. De esta manera, puede servir para resolver futuros casos en donde el derecho de posesión se ponga en duda frente a una acreditación titular.
“Cada caso tiene sus particularidades, pero que el Tribunal Superior de Justicia en pleno, es decir 3 juezas de la sala penal de dicho tribunal, hayan reconocido por unanimidad el derecho de las posesiones ancestrales en el norte de Córdoba y hayan explicitado la debilidad jurídica que tienen dichos poseedores a causa de la falta de saneamiento de títulos, es una verdad revelada. No es lo mismo que lo diga el abogado de los campesinos o las propias organizaciones a que lo diga el alto cuerpo de Justicia. En ese sentido, marca un antecedente insoslayable y a cualquier otro juez inferior no le va a ser sencillo desconocer, de manera arbitraria, un derecho adquirido como lo es el derecho de posesión de familias que han vivido por décadas en un lugar”, sentenció Fresneda.
El derecho de continuar viviendo y trabajando sus tierras
El trabajo de las organizaciones campesinas
El Movimiento Campesino de Córdoba y APENOC forman parte del Movimiento Nacional Campesino Indígena en Argentina. El trabajo judicial es una de diversas actividades que dichas organizaciones desarrollan en muchas provincias del país.
Desde el punto estrictamente jurídico, los representantes legales de las organizaciones están planteando a nivel nacional, en el Congreso de la Nación, empezar a discutir el tema de la tierra. En ese sentido, el proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo para frenar la extranjerización de la tierra habla de que la sociedad argentina necesita debatir seriamente este tema y la cuestión ambiental.
“El interés público muchas veces tiene que poner límites a los intereses privados, es una locura continuar sojizando el territorio argentino sin ningún tipo de ordenamiento territorial. Nosotros planteamos que hay que democratizar la discusión agraria en la Argentina para poder ver que existen muchos ‘campos’ con realidades diferentes”.
¿Cuáles serían esos “campos” que coexisten en la Argentina?
A partir del año 2008, con la discusión sobre la resolución 125, se pudo evidenciar que no hay un solo campo en la Argentina. Si bien existen muchos modelos, hay dos que son totalmente antagónicos y que uno, el modelo del agro-negocio, de la concentración de la tierra y la eliminación de la biodiversidad, se está comiendo al otro, al modelo de la economía regional y campesina.
Lamentablemente, por las operaciones mediáticas y porque los propios medios de comunicación hegemónicos son socios de los grandes pooles de siembra, no se le dice la verdad a la sociedad. Se plantea esta cuestión de que “nosotros”, el agro-negocio, somos el progreso, y lo otro es el atraso. Eso es falso, más del 40% de la economía agraria en Argentina está manejada por pequeños productores y agriculturas familiares, ese es el tema de fondo que hay que discutir.
No sólo el Movimiento Nacional Campesino e Indígena, sino todas las organizaciones del Foro de la Agricultura Familiar y las organizaciones del Frente Nacional Campesino, estuvimos en una conferencia de prensa en el Senado de la Nación, con apoyo de muchos diputados tanto del oficialismo como de la oposición, planteando empezar a discutir el tema de la función social de la tierra. En ese sentido, buscamos impulsar una ley que ponga freno a los desalojos de las familias campesinas, teniendo en cuenta que esta lógica está vulnerando derechos humanos básicos. La gente del interior que vive de la tierra y se queda sin tierra, termina viviendo en una villa miseria en los grandes centros urbanos.
“El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba fue posible, y todas estas problemáticas pueden discutirse profundamente, porque está claro que desde el año 2003 en adelante van cambiando los paradigmas en cuanto al Derecho y la Justicia. Es decir, la política llevada adelante por el Estado Nacional en relación a la violación de Derechos Humanos da un panorama más alentador porque, en definitiva, el desalojo de una familia campesina es una violación a dichos derechos”.
El caso de El Chacho es uno más de los tantos que existen por la posesión de la tierra, pero que marca un antecedente en la justicia argentina. Este reclamo no tiene que ver con una cuestión folklórica de las organizaciones campesinas sino con hacer cumplir el derecho interno e internacional con respecto al acceso a la alimentación y a la vivienda, derechos de mandato constitucional. Lamentablemente, muchas veces las leyes del mercado tienen supremacía sobre las leyes del Estado de Derecho.